La condena fue decidida en una audiencia pública que se hizo en el Centro de Justicia Penal de Rufino, donde se aplicó el ‘Criterio de la Oportunidad’ a Roberto Bravo, responsable del hecho, reportaron medios de esa ciudad.
La perra de raza labrador, propiedad de una vecina de Bravo, fue arrastrada por la moto desde el Barrio Jardín de Rufino hasta la Ruta 33, lo que le provocó lesiones que llegaron hasta el hueso y el raspado total de las almohadillas de las patas.
El animal, de nombre Lila, fue asistido por profesionales de la Protectora de Animales de Rufino, lo que permitió su recuperación.
Bravo, en tanto, deberá pagar el costo total del tratamiento veterinario recibido por la perra y durante un año está obligado a realizar trabajos comunitarios en el Canil Municipal, donde tendrá que reparar caniles, alambrados y limpiar, entre otras tareas. Como parte de la condena, Bravo también deberá entregar una bolsa de alimento a la propietaria del animal.
El maltrato animal está penalizado en Argentina por la ley 14.346, sancionada el 27 de septiembre de 1954 y promulgada el 27 de octubre de ese año, y castiga con prisión de 15 días a un año a quien ‘infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales’.