La semana pasada la Corte Suprema finalizó su intervención en la causa de la contaminación del Riachuelo, conocida como “causa Mendoza”, tras 20 años de iniciada. Esto generó el rechazo de las organizaciones que representan a las personas perjudicadas y accionaron con un nuevo recurso judicial.
El domingo, el Cuerpo Colegiado conformado para el control del plan de saneamiento del Riachuelo, presentó un recurso de revocatoria para que la Corte dé marcha atrás.
El fallo por la contaminación del Riachuelo se emitió en 2008. El máximo tribunal resolvió que el Plan Integral de Saneamiento Ambiental del Riachuelo tenía como metas mejorar la calidad de vida de los habitantes de la cuenca, recomponer el ambiente en todos sus componentes (agua, aire y suelos) y prevenir los daños al ecosistema con suficiente grado de predicción.
Contaminación del Riachuelo: la reacción judicial de los vecinos contra la Corte
Tras la resolución del martes pasado, en la que la Corte dispuso la finalización de su intervención en la causa por contaminación de la cuenca Matanza-Riachuelo, los demandantes reaccionaron.
“La Corte dictó en 2008 esa resolución sin saber cómo era la situación del Riachuelo”, apuntó en diálogo con Noticias Ambientales Raúl Estrada Oyuela, abogado de la Asociación de Vecinos La Boca (AVLB), una de las agrupaciones denunciantes.
Además, integra el Cuerpo Colegiado de organizaciones, junto con Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), entre otras, designado para hacer el seguimiento del plan.
Por eso, el domingo presentaron un “recurso de revocatoria in extremis”, ante el máximo tribunal. “Estamos pensando qué vamos a hacer. No hay quien se ocupe de la protección de este bien público”, agregó el letrado al expresar la sensación de los perjudicados.
Es que, las agrupaciones ya habían presentado un documento a la Corte el 17 de junio en respuesta al pedido de que analicen el último informe presentado por la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), donde detallan el estado de cumplimiento de la sentencia.
Habían alertado sobre la falta de ejecución de las tareas que dicta la sentencia. “La estructura que debe velar por su cumplimiento es cada vez más frágil” y “solo el 40% de las relocalizaciones habitacionales han sido concretadas y las personas siguen expuestas a riesgos ambientales”, advirtieron.
Solo unos meses después, la Corte se expidió de forma “inentendible” para los demandantes. “Ahora queda la sensación de que liquida al Cuerpo Colegiado que creaba el fallo”, expresó Estrada Oyuela.
Qué dice el recurso presentado ante la Corte
El recurso de reposición o revocatoria in extremis se presentó “como última vía” para “impedir injusticias notorias ante supuestos excepcionales y mediando un evidente error de hecho”.
En esa línea, en el documento al que accedió este medio, se explica: “El Cuerpo Colegiado busca evitar las consecuencias perjudiciales de una decisión judicial infundada“.
En el texto se detallan los motivos por el que mantienen esta postura y los argumentos legales pertinentes, como la “no regresividad en la protección de derechos socio-ambientales”, entre otras cuestiones centrales.
Ahora, resta esperar la respuesta de la Corte Suprema, que no tiene limitaciones de tiempo para hacerlo. Sin embargo, las asociaciones ya analizan posibles pasos próximos, ante una nueva negativa: el plano internacional.
Si bien se trata de un camino más extenso, no pierden de vista la posibilidad de presentar el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Contaminación del Riachuelo: los argumentos de la Corte
El máximo tribunal se pronunció en el caso “Mendoza” contra el Estado Nacional y por daños y perjuicios derivados de la contaminación. ACUMAR continúa con las tareas de saneamiento y recientemente, el río fue considerado nuevamente “navegable”.
La Corte entendió que su rol en este pleito culminó con la aprobación del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (PISA) y la creación de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).
“La intervención de esta Corte ha cumplido su propósito de generar la reforma estructural que resultaba imprescindible para alinear la actividad del Estado con los principios y derechos consagrados en la Constitución“, expresaron los jueces.
La resolución firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti señaló que “este tipo de procesos se consideran culminados desde la perspectiva de la actuación de este Tribunal, una vez que: (i) se han definido claramente las metas a cumplir; y (ii) se ha establecido el órgano a cargo de su instrumentación”.
Basándose en estos parámetros, “los objetivos institucionales propuestos por la sentencia de esta Corte se encuentran cumplidos con la aprobación del PISA, que fija los objetivos a llevar a cabo para lograr la recomposición del bien colectivo, y con la creación de ACUMAR a cargo de su cumplimiento”, declaró el alto tribunal.
Por Giannina Nigro
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