Operativo de rescate salva a 38 perros de un criadero explotador

El 14 de octubre de 2024, se conoció que 38 perros fueron rescatados de una casa en Kennedy (Bogotá, Colombia) que funcionaba como criadero.

La cuenta Plataforma Alto publicó un video en X donde se veían a diferentes perros en mal estado de salud y en hacinamiento. La publicación afirmaba: “El Instituto de Protección Animal, en conjunto con los carabineros de la Policía Nacional, realizó el operativo de rescate de 38 perritos”.

Condiciones deplorables

Según la publicación, las condiciones de estos perros eran deplorables: “38 perritos hacinados, desnutridos y en terribles condiciones de salud en una casa de Kennedy”. A su vez, solicitaron a las autoridades que se realicen las investigaciones respectivas para sancionar a los responsables del maltrato animal.

“Pedimos que los dueños de este criadero sean investigados y sancionados por el delito de maltrato animal”. No se conocen comunicados por parte de las autoridades sobre el operativo de rescate.

¿Qué dice la ley ante estos hechos contra los animales?

El maltrato animal es considerado un delito en Colombia desde 2016 por la ley 1774. Según esta, todo comportamiento que cause daño y/o sufrimiento a un animal, ya sea de manera física o psicológica. Las acciones incluyen golpes, abandono, privación de su alimentación o sometimiento a trabajos forzados.

El artículo primero de la Ley de Protección y Bienestar Animal indica que “los animales, seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente para los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican coma punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a las animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial”.

Esta ley plantea, por medio del artículo 339A, sanciones por maltrato animal las cuales son:

  • Penas de prisión: de 12 a 36 meses.
  • Multas: de 5 a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Inhabilidad para el ejercicio de profesión: relacionada con los animales, de uno a tres años.

También se establece que los ciudadanos debemos ser partícipes de la protección de los animales, puesto que “cualquier persona que sea testigo o tenga conocimiento de un caso de maltrato animal puede y debe denunciarlo ante las autoridades competentes, como la Policía Nacional, las Inspecciones de Policía o la Fiscalía. La denuncia es fundamental para iniciar las investigaciones y tomar las medidas necesarias para proteger al animal afectado”.

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