La exhibición de animales domésticos en vidrieras pasó a ser una modalidad prohibida en la Ciudad de Buenos Aires a partir de la sanción de una ley que otorga 12 meses para la adecuación de los locales y que, con posterioridad a esa fecha, impondrá multas de hasta 21.400 pesos a los infractores.
La Legislatura porteña aprobó este jueves una iniciativa que recoge dos proyectos del oficialismo gracias al voto positivo 50 legisladores y solo 2 abstenciones del bloque de Autodeterminación y Libertad.
Inspirada en legislaciones como la que en California prohíbe la venta de animales en tiendas, la de la Ciudad señala que si bien las ‘vidrieras son uno de los medios más importantes con los que cuenta un comerciante para generar el deseo’, en este caso convoca al eventual cliente a la ‘compra impulsiva o compulsiva’.
Entre los motivos argumentados, se destaca además ‘que los animales exhibidos en vidrieras sufren de mayor estrés por estar expuestos a interactuar con personas que golpean los cristales, se mueven, o les hablan’.
Al respecto, la médica veterinaria Silvia Vai, comentó a Télam que la exhibición que se viene a prohibir suele ser perjudicial para el desarrollo y bienestar de los animales.
“Si bien hay que tener en cuenta las diferencias en la edad (de los cachorros), en general, al estar expuestos en jaulas, se los obliga a la cercanía a personas, a ruidos y olores, sin posibilidades de aislarse”, comentó la especialista en etología clínica, es decir, en comportamiento animal.
La profesional explicó que los primeros meses de vida son fundamentales en el “desarrollo conductual” y que, en muchas ocasiones, esos animales carecen de las estimulaciones necesarias acordes a su edad.
“Una persona acaricia a un perro, lo sacan de la jaula, pero no se decide a la adopción y entonces lo devuelven a la jaula. Para la persona fueron dos minutos pero genera frustración al animal”, agregó en diálogo con Télam.
Estas situaciones, sumadas a la reclusión por largos períodos pueden derivar en problemas de comportamientos posteriores, como ladridos continuos o destrucción de objetos que “se pueden corregir o mejorar” con “tratamientos, paciencia y la guía del veterinario”.
La ley prohíbe también que la exposición sea con otros fines como el ‘ofrecimiento a título gratuito o de mera publicidad’ y prevé multas que van desde 300 a 1000 unidades fijas que, al día de hoy, tienen un valor unitario de 21,50 pesos.
Los locales podrán exhibir sus animales en el interior, debiendo tomar los recaudos necesarios para que estos no fueren directamente visibles desde el exterior y en todos los casos asegurando buenas condiciones de sanidad, alimentación, higiene y ventilación.
“Es necesario garantizar un nivel adecuado de protección y resguardar la integridad y bienestar de los animales, y es por ello que distintos estados y ciudades se han volcado en estos últimos años hacia la sanción de regulaciones tendientes no solamente a preservar la calidad de vida animal, sino también a concientizar y alertar acerca de las condiciones de vulnerabilidad a las que se ven sometidos”, comentó el legislador Maximiliano Ferraro (Vamos Juntos), autor de la iniciativa.