Proponen multas de hasta 72 mil pesos para dueños de animales mal cuidados

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Un proyecto de ley propone crear en Chubut un “Programa de Control Poblacional de Perros y Gatos Domésticos”. La idea es garantizar la convivencia armónica de perros y gatos domésticos en nuestra provincia y para lograrlo, provincia y los municipios deben prevenir y reparar los daños que causen los animales mal cuidados. Por eso sus dueños tendrán varias obligaciones con la tenencia de sus mascotas.
 
Se establece un máximo de dos perros por familia en zonas urbanas. Los municipios establecerán las condiciones a cumplir por quienes necesiten superar este límite. La idea fue de la diputada provincial Mirtha Romero. Y si  se aprueba, el dueño del animal en infracción será castigado con multas de hasta 72.990 pesos por violar la ley. Incluso podrá ser arrestado y si tiene un local de comercialización de mascotas, clausurado e inhabilitado si no previene las enfermedades peligrosas para el hombre.
 
Las sanciones previstas por la legisladora del PJ Modelo Chubut incluyen el decomiso de animales de viviendas, predios o instituciones donde no se garantice su bienestar, o pongan en riesgo la salud. Los vecinos podrán denunciar en forma anónima ante la Policía Comunitaria las violaciones de la ley.
 
El proyecto apunta también al viejo problema del ganado muerto por perros cimarrones. Por eso los dueños de canes en chacras, establecimientos ganaderos y predios rurales deberán garantizar que no dañen  fincas vecinas y no se escapen.
 
Del tema se hará cargo el Ministerio de Salud. Esta cartera podrá exigir que un dueño entregue a su animal para verificar su estado sanitario, si es que el perro muerde a una persona. El plazo máximo será de 24 horas. Si no cumple será sancionado y la Policía podrá secuestrar a la mascota involucrada en el hecho, previa orden judicial, si es que con esto se cuida la integridad física de las personas. Es más: toda resistencia a la ley o agravio a los funcionarios dará lugar al auxilio de la Policía y allanar los predios.
 
Quien se dedique a la cría, tenencia, cuidado, transporte o venta de perros y gatos está obligado a permitir su control y a brindar toda información que le requieran. También a tener las instalaciones adecuadas para garantizar el bienestar animal. Dispondrá las medidas de protección contra enfermedades peligrosas y daños al sector productivo.
 
Ante un brote de enfermedades o el incremento de accidentes y agresiones causadas por estos animales que pongan en riesgo la salud humana o animal, se podrá declarar el estado de emergencia zoosanitaria. Se podrá pedir el auxilio de la fuerza pública para aplicar medidas de emergencia como decomisos, desinfección, fumigación, clausuras, sacrificio, cuarentena o aislamiento de animales. Los daños a terceros, causados por perros domésticos con dueño, deberán ser pagados por su dueño de acuerdo con lo establecido en el Código Civil.
 
El proyecto define como propietario/responsable a toda persona, física o jurídica, que se dedique a la cría, tenencia, cuidado, transporte o venta de perros o gatos domésticos. Según el Código Contravencional, los animales “se considerarán como propiedad de aquellos con las cuales surjan vehementes indicios de que viven en forma permanente en la vivienda del presunto infractor, evidenciando una relación de domesticación”.
 
 
 
En cuanto a la crueldad animal, se la define como la acción que innecesariamente causa sufrimiento o dolor a un animal. Por ejemplo, el abandono y el propiciar su libre deambular, su mantenimiento en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario, o inadecuadas para los cuidados básicos por su raza y especie.
 
También será “crueldad” mantener perros atados, sin darles libertad para ejercitarse; las mutilaciones, excepto las controladas en caso de necesidad, y no darles alimentación e hidratación ni lugares apropiados contra el clima.
 
Se agregan los alimentos que tengan sustancias que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios; no darles la atención veterinaria necesaria; golpearlos brutalmente, o permitir la diseminación de enfermedades propias de la especie.
 
Para esta ley, un perro abandonado será todo canino que circula por la vía pública, parques, paseos públicos sin estar acompañado por su responsable. Y perros cimarrón a los canes inicialmente de origen doméstico que adquieren conductas asilvestradas.`
 
 
El Programa deberá dedicarse al control reproductivo de perros y gatos domésticos, y a mejorar su estado sanitario y bienestar con información a la comunidad, complementado con un operativo de esterilización quirúrgica masiva de hembras y machos. Planeará, controlará y fiscalizará las poblaciones caninas y felinas.
 
El proyecto auspicia campañas de prevención y control para la tenencia responsable en comunas, aldeas, parajes y población rural dispersa. Incluirán la educación permanente para la tenencia responsable de mascotas, en la escuela y en los medios. Participarán veterinarios, comunicadores sociales, docentes y personal técnico.
 
Se armará un Registro Provincial de Perros Domésticos, en formato digital y unificado para toda la provincia. Será obligatorio para todos sus dueños la inscripción de sus perros. El trámite será municipal y se podrá arancelar. La información se resguardará en una base de datos centralizada o en bases separadas que conformarán una red accesible. En este sentido, se prohíbe en Chubut transitar por espacios públicos con perros en libertad de acción y su libre deambular.
 
Habrá un plazo de 2 años desde la sanción de la ley para que Salud identifique con chips aptos para lectores universales a los perros con dueño. Todo can que ingrese a esterilización quirúrgica, de no poseerlo, deberá colocársele uno y armar su historia clínica.
 
Quien compre un perro ya registrado o se lo regalen deberá comunicarlo al Registro en no más de 1 mes desde la adquisición. Y quien venda o regale debe avisar al Registro también en un mes desde la operación, indicando los datos del animal y su nuevo dueño.
 
Se declara obligatorio en Chubut el tratamiento antiparasitario (interno y externo) de los animales de compañía, y la aplicación de todos los métodos preventivos contra las zooantroponosis. El dueño que no notifique las vacunas y castración es infractor: no podrá renovar permisos municipales, será multado o no podrá acceder a beneficios sociales.

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