La Corte frenó un proyecto inmobiliario y falló a favor de los humedales provinciales

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La Corte Suprema

de Justicia de la Nación dictó un fallo en favor de la protección de los humedales por su papel clave en la protección del medio ambiente, al dejar sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos que había rechazado una acción de amparo, interpuesta por vecinos, a raíz de un emprendimiento inmobiliario en la ribera del río Gualeguaychú.

Se trata del Barrio Náutico Amarras de Gualeguaychú, un proyecto inmobiliario de la empresa Altos de Unzué, localizado en el Municipio de Puerto General Belgrano, justo frente a la ciudad de Gualeguaychú, lindero al Parque Unzué, que abarca un área de 110 hectáreas, con 200 unidades departamentales, un hotel de 150 habitaciones, un paseo comercial, y áreas exclusivas de recreación, esparcimiento y deporte.

Al anular el fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación atendió argumentos esgrimidos por los vecinos, que alegaron que en la decisión de no dar lugar al recurso de amparo no se había tenido en cuenta que ‘la provincia tiene a su cargo la gestión y el uso sustentable de las cuencas hídricas y los sistemas de humedales’.

En este sentido, el fallo dictado hoy con las firmas de los ministros Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, indica que, entre las funciones de los humedales se destacan las del ‘control de crecidas e inundaciones, ya que almacenan grandes cantidades de agua durante las crecidas y reducen el caudal máximo de los ríos y, por ende, el peligro de inundación aguas abajo’.
 

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