La bancada del Frente Amplio presentó el expediente 25.645, encabezado por la diputada María Eugenia Román Mora, que busca reformar la Ley de Bienestar de los Animales vigente desde 1994.
La iniciativa plantea cambios profundos en materia de impuestos, sanciones y obligaciones para propietarios, criaderos y comercios.
Impuesto a la venta de mascotas
Uno de los puntos más llamativos es la creación de un IVA del 20% sobre la venta de animales domésticos y domesticados.
- Quedan excluidos los animales de asistencia y los aportes voluntarios en procesos de adopción.
- Del dinero recaudado, un 20% se destinará al Senasa y un 15% financiará campañas de castración.
Obligaciones para propietarios
La reforma amplía las responsabilidades de quienes tengan animales de compañía:
- Garantizar alimentación adecuada, atención veterinaria y condiciones de higiene.
- Proveer espacios libres de estrés y maltrato.
- Prohibición de mantener animales permanentemente atados o dejarlos deambular sin supervisión.
- Límites al tiempo que pueden permanecer solos: máximo dos días consecutivos para animales en general y 24 horas para perros.
Regulación de criaderos y comercios
Los establecimientos dedicados a la reproducción o comercialización deberán contar con:
- Regencia veterinaria.
- Acreditación del Senasa.
- Patente municipal vigente.
- Cumplimiento de requisitos sanitarios.
Además, se prohíbe exhibir animales en vitrinas, jaulas o espacios reducidos destinados a su exposición comercial.
Refugios y casas cuna
La propuesta crea un marco regulatorio específico:
- Las casas cuna podrán inscribirse voluntariamente en el Senasa, pero el registro será obligatorio si reciben animales remitidos por autoridades.
- Los propietarios tendrán tres días hábiles para reclamar animales rescatados.
- En casos de negligencia, deberán reembolsar los gastos de alimentación, atención veterinaria y custodia.

Régimen sancionatorio
El proyecto clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves:
- Leves: apercibimientos o multas de 1 a 3 salarios base.
- Graves: multas de 3 a 5 salarios base.
- Muy graves: multas de 5 a 50 salarios base.
Ejemplos de infracciones:
- Graves: usar animales como premios en rifas, emplear métodos violentos de adiestramiento, mantener perros o gatos en balcones o vehículos, usar fauna silvestre en espectáculos.
- Muy graves: provocar intencionalmente la muerte de un animal, organizar peleas, reproducir ejemplares sin regulación, comercializarlos ilegalmente o aplicar selección genética dañina.
Las sanciones pueden incluir decomiso, clausura de establecimientos, suspensión de acreditaciones e inhabilitación para actividades relacionadas con animales por hasta 10 años.
El proyecto reconoce expresamente a los animales como seres capaces de experimentar dolor, miedo, angustia, afecto y bienestar. También regula la figura de los animales de asistencia, garantizando su acceso a transporte, edificios públicos y comercios.
Deportes, ciencia e investigación
- Se prohíbe obligar a los animales a realizar actividades que excedan su condición física o estado de salud.
- En investigación científica, se exige privilegiar métodos alternativos como simulaciones o modelos in vitro.
- Los experimentos deberán registrarse en el Micitt y notificarse al Senasa.
Animales silvestres
La reforma incorpora un procedimiento para trasladar animales decomisados o rescatados hacia centros autorizados bajo supervisión del Sinac, permitiendo la eutanasia únicamente con criterio técnico veterinario.
La propuesta del Frente Amplio busca modernizar la normativa costarricense de bienestar animal, endureciendo sanciones, regulando comercios y criaderos, y reconociendo a los animales como seres sintientes.
Con impuestos destinados a campañas de castración y un régimen sancionatorio más estricto, Costa Rica apunta a consolidar una política pública que proteja a los animales y promueva un modelo de convivencia responsable.



