La “invasión” de carpinchos a un barrio privado en la Provincia de Buenos Aires desató un debate a nivel nacional, acerca de la importancia que tiene preservar el ambiente y los ecosistemas.
En Argentina una amplia variedad de especies nativas está amenazada según diferentes categorías. Las causas principales son la pérdida y degradación del hábitat, la caza ilegal, el tráfico de fauna silvestre de especies vivas o de productos y subproductos derivados, la contaminación, el cambio climático y la introducción de especies exóticas invasoras que afectan y desplazan a las nativas al contar con ventajas competitivas.
Entender la realidad actual implica considerar la interrelación que tiene la fauna con la flora, que provee refugio y alimento. La cobertura vegetal es importante en cualquier ecosistema, debido a su capacidad para transformar el dióxido de carbono (CO2) en el oxígeno (O2) que todos los seres vivos necesitan para respirar. Además contribuye a fertilizar el suelo, ayudando en su compactación, evitando la erosión y nutriéndolo con restos de materia orgánica que se descompone gracias a la actividad bacteriana y fúngica.
La fauna, desde el microorganismo más pequeño, hasta el animal más grande, es realmente importante para mantener el equilibrio de la cadena trófica, por su contribución en la regeneración vegetal de los campos, dispersando semillas que pueden germinar y colonizar nuevos territorios. El hecho de que la fauna se estructure en distintos niveles de nutrición hace que se establezcan relaciones muy estrechas entre depredador y presa.
La extinción de especies implica la inestabilidad de la cadena trófica y el desequilibrio de las poblaciones directamente relacionadas con el organismo desaparecido. Estas ausencias pueden generar la aparición de enfermedades. El exterminio de un depredador que se alimenta de herbívoros, puede producir alteraciones en la vegetación e incluso en el curso de un río. Estos desequilibrios terminan afectando además la calidad del suelo, el aire o el agua, incluido el hombre nada menos. Por eso es imperativo conservar saludables nuestros ecosistemas.
UN CAMBIO DE PARADIGMA: DE LA CACERÍA A LA CONSERVACIÓN
El nombre de la llanura chaqueña comúnmente conocida como “Gran Chaco”, tiene su origen en la palabra quechua chaku, que se traduce como “territorio de cacería”, en referencia a la riqueza de fauna que existe en la región geográfica, que se extiende por Argentina, Paraguay, Bolivia y una parte de Brasil. Cambiar este paradigma mediante la educación y la concientización, representa un verdadero desafío para la conservación del ambiente, asociado armónicamente al desarrollo del turismo de naturaleza en el Impenetrable chaqueño.
Si bien el sector argentino del Gran Chaco abarca unos 60 millones de hectáreas, apenas el 4,17 % del territorio cuenta con algún tipo de protección ambiental. “Solo los parques nacionales Copo y El Impenetrable superan las 100 mil hectáreas. Son los únicos que, hasta cierto punto, podrían garantizar la conservación de algunos componentes de la biodiversidad, como grandes carnívoros y herbívoros”, indicó en una entrevista Alejandro Brown, presidente de la Fundación Pro-Yungas.
Sin embargo, no es la limitación en superficie de los parques la principal amenaza para la biodiversidad en la segunda ecorregión más extensa e importante de Sudamérica. El problema más grave es el aislamiento por falta de conectividad, pero no el único. La inexistencia de zonas de amortiguamiento o buffer en los alrededores de las áreas protegidas complica tanto a las especies animales como el desmonte y la cacería ilegal.
Por ello es imprescindible facilitar el desplazamiento de la fauna silvestre a través de corredores de conservación entre los parques provinciales Fuerte Esperanza y Loro Hablador, y su vinculación con los parques Nacional Copo, en Santiago del Estero; y El Impenetrable, en la Provincia del Chaco.
Un estudio efectuado en 2015 por la Fundación Pro-Yungas para la implementación de corredores biológicos en el Chaco argentino daba cuenta del amplio abanico de ambientes que presenta la región: “Pastizales, esteros y sabanas (secas e inundables), bañados, salitrales, sierras, ríos, bosques y arbustales”. La enumeración finaliza con una afirmación concluyente: “Esto se traduce en una alta diversidad de especies animales y vegetales que hacen del Gran Chaco un área clave para la conservación de la biodiversidad regional”.
Una muestra de esta riqueza en flora y fauna se puede confirmar con la presencia de especies arbóreas como el quebracho blanco y colorado. Esta vegetación emblemática va trazando el mapa del Gran Chaco americano, que alberga fauna característica como el tuyuyú (Jabirus mycteria), tapir (Tapirus terrestris), tatú carreta (Priodontes maximus), armadillo (Tolypeutes matacus), oso hormiguero (Myrmecophagidae trydactila), puma (Puma Concolor), zorros, monos de distintas especies, las tres variedades de pecarí (de collar, labiado y quimilero) y el imponente yaguareté (Panthera Onca); entre otros.
UNA PROVINCIA PIONERA EN LEGISLACIÓN
Para la conservación de todas las especies es importante intensificar los controles de caza y pesca, redoblando esfuerzos particularmente en la protección de los animales declarados monumentos naturales. El Chaco cuenta actualmente con protección legal para nueve monumentos naturales: el yaguareté, ocelote, oso hormiguero, chancho quimilero, tatú carreta, ciervo de los pantanos, aguará guazú, tapir y muitú.
En materia de legislación la Provincia del Chaco ha impulsado severas sanciones para los cazadores ilegales. En 2018 por decreto N°2127 se aprobó el “Protocolo de procedimientos ante la constatación de infracciones o delitos cometidos hacia especies animales declaradas Monumento Natural en la Provincia del Chaco”.
Este reglamento se aplica en toda la provincia para los casos de cacería o muerte de ejemplares (incluyendo atropellamientos); tenencia de ejemplares cautivos sin autorización oficial comprobable; comercialización y tenencia de ejemplares vivos o muertos y comercialización de productos o subproductos (garras, cueros, cráneos).
Según el Decreto, ante la constatación de un hecho delictivo, el agente interviniente deberá radicar una denuncia ante sede judicial o policial. Acto seguido el Gobierno Provincial, a través de la Fiscalía de Estado -sin perjuicio del procedimiento administrativo- deberá efectuar denuncia penal ante juzgado competente, constituyéndose como querellante y asumiendo activamente el impulso de la causa hasta su resolución, en todas las instancias que sea necesario.
El instrumento legal impone que dentro de los diez días de producida la actuación los organismos competentes deberán informar las actuaciones al responsable de la Subcomisión Chaqueña para la conservación del Yaguareté (si se tratara de esta especie), u otras organizaciones y entidades de la sociedad civil mediante un comunicado de prensa, indicando que organismos intervinieron desde la denuncia hasta las actuaciones judiciales, con el objetivo de reconocer el esfuerzo realizado.
En el 2019 también se puso en vigencia el flamante “Protocolo de registros de Yaguareté en la provincia del Chaco”, mediante la disposición N° 941 que fue consensuada en una jornada de capacitación organizada y coordinada por la Subsecretaría de Recursos Naturales y la Red Yaguareté, en el marco de los trabajos para el rescate y conservación del mayor felino americano que vinieron desarrollando en forma conjunta.
De esta forma, cada vez que se registre la presencia de un ejemplar en la provincia se deberá seguir un sencillo pero ordenado procedimiento para que quede asentado en una base de datos. Esto permitirá tener un conocimiento preciso de la presencia de esta amenazadísima especie, declarada Monumento Natural nacional y provincial.