Cada septiembre, la caza deportiva de patos en Uruguay vuelve al centro del debate. Hasta el 30 del pasado mes, el Ministerio de Ambiente (MA) tenia plazo para emitir un decreto que prorrogue la veda de caza.
La actividad continuará habilitada el próximo año, pese a las advertencias científicas y éticas.
Marco legal y vacíos técnicos
La Ley 9.481 exige estudios poblacionales para autorizar la caza, pero estos aún no existen.
La legislación vigente establece que la caza de fauna silvestre solo puede habilitarse si se demuestra que no afecta la supervivencia de las especies ni el equilibrio de los ecosistemas.
Sin embargo, no se han realizado estudios poblacionales actualizados, y la capacidad de fiscalización del MA es limitada, lo que deja el cumplimiento de las normas en manos de la buena fe de los cazadores.
Informe técnico y tendencias preocupantes
El MA recomendó en 2022 prorrogar la veda hasta 2027 por el declive poblacional de las especies habilitadas.
El informe se basó en datos del Censo Neotropical de Aves Acuáticas (CNAA) y en el análisis de permisos emitidos entre 2015 y 2018.
Las tres especies habilitadas —pato maicero, pato picazo y pato cara blanca— mostraron tendencias decrecientes en los conteos, lo que sugiere que la caza podría representar una presión negativa sobre sus poblaciones.
“Se recomienda aplicar el principio de precaución y prorrogar la veda por al menos cinco años”, concluye el informe.

Turismo cinegético y tensiones sociales
La actividad es practicada mayoritariamente por extranjeros, lo que genera distancia con la sociedad local.
La caza deportiva, también llamada turismo cinegético, es una práctica que choca con el concepto de Uruguay Natural y con los valores de conservación y respeto por la biodiversidad.
Además, plantea interrogantes éticos sobre el uso recreativo de la vida silvestre y su compatibilidad con alternativas sostenibles como el turismo de observación de aves.
Permisos, cuotas y zonas habilitadas
Hasta 150 patos por cazador en temporada, con restricciones geográficas específicas.
El permiso cuesta 3 UR y habilita la caza por 10 días corridos entre el 1° de mayo y el 15 de septiembre.
La cuota diaria es de 15 ejemplares, con un máximo de 2 patos picazo por día. La caza está prohibida en Montevideo y en lagunas como José Ignacio, Garzón, Rocha, Castillos y Negra, incluyendo sus cuencas hidrográficas.
Urgencia de políticas basadas en evidencia
La falta de estudios poblacionales y monitoreo sistemático impide tomar decisiones informadas.
“La información aquí presentada debería sentar un precedente ante futuros intentos de habilitación sin respaldo técnico”, advierten especialistas.
Uruguay enfrenta el desafío de articular conservación, legislación y participación ciudadana, priorizando el principio de precaución y el derecho a un ambiente sano.



