Un departamento de Mendoza prohibió la exhibición de animales en vidrieras

A través de la ordenanza Nro. 3.027, el departamento de San Martín prohibió la exhibición de “animales domésticos o silvestres, autóctonos o exóticos, de cualquier especie, sexo y edad, con fines de compraventa u ofrecimiento a título oneroso o gratuito, en forma permanente o temporal”.

Según se estableció en la normativa, no se podrán exhibir en vidrieras, jaulas o análogos en veterinarias, acuarios, comercios, ferias o mercados.

“Esta iniciativa, pretende desalentar la adquisición compulsiva y la cosificación de animales de compañía y de alguna manera, la compra de animales de raza, dando de esta manera mayor prioridad a la estimulación de la adopción de animales mestizos, ya sean cachorros o adultos”, señala el texto entre sus argumentos.

Además, hace referencia a que los animales están horas en habitáculos, los cuales no le permiten un libre movimiento y al estrés que sufren por dicha exposición.

“En estos lugares, los animales terminan asimilando una función circense detrás de una vidriera para el público transeúnte o de decoración, cual objeto inanimado que entretiene a adultos y niños, admirando su belleza o cualidades sin pensar en el bienestar, la salud y el ánimo de los mismos”, aclara la normativa.

La comuna exceptuó de esto a los animales dados por las campañas de adopción promovidas o realizadas por organismos gubernamentales o por entidades protectoras.

En tanto, la ordenanza otorga un plazo de 60 días para adecuarse y también se establecen sanciones monetarias para los que no cumplan con lo dispuesto.

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