“El sacrificio de la vida de un ser vivo por el hombre es una forma extrema de maltrato en cuanto elimina su existencia misma y es un acto de aniquilamiento. Cuando es injustificada, la muerte de un animal es un acto de crueldad pues supone entender que el animal es exclusivamente un recurso disponible para el ser humano. La caza deportiva es un acto dañino en cuanto está dirigida a la captura de animales silvestres, ya sea dándoles muerte, mutilándolos o atrapándolos vivos”. Así lo indica la Sentencia C-045/19
Para esta transición, la Sala Plena estableció un plazo de un año, para que quienes resultaran afectados pudieran adecuarse a la nueva situación. El plazo terminó y a partir del 21 de agosto de 2020 comenzará a regir esta Sentencia que prohíbe y sanciona penalmente, en todo el territorio nacional, la caza de animales silvestres, salvajes y sus excepciones, así lo decidió la Corte Constitucional, luego de que la abogada Laura Santacoloma Méndez impusiera una demanda junto con la intervención de AnimaNaturalis y otras organizaciones animalistas del país.
La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de normas que autorizan la caza deportiva por ser contrarias al deber de protección del ambiente y difiere sus efectos a un año. pic.twitter.com/qNT921TZOz
— Corte Constitucional (@CConstitucional) February 7, 2019
Dentro de la fauna más afectada por esta práctica cruel se encontraban especies mayores como el jaguar y la danta, especies medianas como el ciervo, armadillo, pecarí y primates, especies menores como guguas, liebres, picures y conejos, y aves como el paujul, gualilo, pava, torcaza y tórtola.
Colombia ha tenido grandes avances en materia legal de protección animal, uno de los mayores retos que como país hemos tenido. Crecer como nación desde el reconocimiento de los animales como un otro, es de las mayores victorias y seguiremos apostando por el cambio, por la construcción de un país mejor para los animales.