Mediante la Resolución 281-E del Ministerio de Energía y Minería publicada en el Boletín Oficial se aprobó el ‘Régimen del Mercado a Término de Energía Eléctrica de Fuente Renovable’ para aquellas empresas cuya demanda media en el último año supere los 300 kw.
En la misma norma se creó el Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable.
Los compradores deberán abonar mensualmente un cargo por comercialización y otro por administración.
En forma mensual, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Mayoristas Eléctrico ‘sumará los aportes de energía y dividirá el resultado obtenido por la demanda abastecida desde el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para obtener el porcentaje mensual de cobertura alcanzado’.
La resolución también crea el Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable en el ámbito de la Subsecretaría de Energías Renovables. Allí se registrarán todos los proyectos de generación, cogeneración y autogeneración de energía eléctrica de fuente renovable que se desarrollen con conexión al Sistema Argentino de Interconexión.