El juez federal de Bariloche Leónidas Moldes dispuso, a partir de una acción de amparo colectivo que presentó la Defensoría del Pueblo de Río Negro hace casi diez años, que el gobierno de Río Negro frene la contaminación en el Nahuel Huapi y remedio los daños.
El nivel de contaminación del lago no es generalizado, sino que se focaliza en las inmediaciones de la planta depuradora de líquidos cloacales, cuyo funcionamiento es deficiente y esporádicamente derrama material sin tratar al principal espejo de agua de la localidad lacustre.
La presentación original estuvo a cargo de Ana Piccinini, ex defensora del pueblo de la provincia, a la que luego adhirieron organizaciones ambientalistas.
En el fallo el magistrado sostuvo que en caso de no cumplir con la tarea de remediación del lago, los funcionarios responsables quedarán expuestos a recibir sanciones pecuniarias que serán equivalentes a lo que costarán las obras.
La capacidad de la planta depuradora está al límite y por ese motivo se construyó un segundo módulo para aliviarla, aunque esa obra complementaria nunca funcionó.
El Juez evaluó la situación y consideró que las pruebas para determinar el daño ambiental “son suficientes”, producto de los continuos vertidos de líquidos cloacales al lago y también por las conexiones clandestinas en algunos puntos del oeste de la ciudad.
El fallo menciona la tarea fiscalizadora del Departamento Provincial de Aguas (DPA), Parques Nacionales, medio ambiente de Río Negro y municipio de Bariloche, aunque restó responsabilidad a la Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB) que tiene bajo su órbita el saneamiento urbano y la operación de la planta depuradora.