Este miércoles pasado comenzó el primer juicio por contaminación ambiental de la provincia de Neuquén en el marco del sistema acusatorio. El mismo tiene lugar en la sede de San Martín de los Andes IV circunscripción judicial y tiene por objeto determinar la culpabilidad de tres imputados por la descarga de lodos cloacales sin tratamiento en el basural de la ciudad cordillerana, principal destino turístico a nivel provincial.
En este contexto, los hermanos Pedro y Pablo Werefkin están acusado del delito de contaminación peligrosa para la salud pública, en calidad de coautores, mientras que a Julieta Muñiz Saavedra, quien fue coordinadora general del Organismo de Control Municipal, se le imputa incumplimiento de deberes de funcionario público, en calidad de autora; en concurso ideal con el delito de contaminación peligrosa para la salud pública, en calidad de coautora, por comisión por omisión por su posición de garante. Las penas previstas, en caso de ser encontrados responsables, van de 3 a 10 años de prisión.
Ante el tribunal integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Laura Barbé y Leticia Lorenzo, el fiscal jefe de Delitos Ambientales, Maximiliano Breide Obeid, expuso su teoría del caso en el alegato de apertura. En ese marco, señaló que la familia de los imputados tenía una cantera de áridos en el kilómetro 2224 de la ruta nacional 40 y que cuando terminó su vida útil, le ofrecieron a la Municipalidad convertirla en un relleno sanitario con residuos domiciliarios.
Tras sellar el acuerdo, en 2014 se aprobó la construcción de barrios de viviendas alrededor de la cantera devenida en relleno sanitario, “sin estudio de impacto ambiental cuando es obligatorio por ley”, remarcó el fiscal. “Esas familias empiezan a convivir con lo que en principio comenzó siendo un relleno. Sin embargo, con el correr del tiempo se fue transformando en un basural a cielo abierto y las familias se fueron quejando de los olores, los roedores y las aves que habían ahí. Fueron golpeando distintas puertas de organismos municipales pero ninguno le dio respuesta”, agregó.
“Simultáneamente a esto asume la acusada, Muñiz Saavedra, como coordinadora general del Organismo de Control Municipal, función que ejerció desde 11 de diciembre del 2015 y el 10 de diciembre del 2019. Este organismo es el responsable del control de la prestaciones de los servicios públicos de agua potable, disposición de afluentes cloacales sólidos, actividades de recolección, selección, disposición final de residuos sólidos urbanos”, remarcó.
Luego, el fiscal contó que ante la falta de respuestas de la municipalidad, los vecinos de Cordones de Chapelco recurrieron a la defensoría del pueblo y que una médica hizo un estudio epidemiológico que determinó que existía una afectación a la salud pública. A partir de ese informe, presentaron un amparo que derivó en una conciliación que terminó fracasando.
El 28 de julio de 2017, el entonces juez Andrés Luchino dictó una resolución ordenando que la Municipalidad no abra una sexta celda para arrojar residuos, y le otorgó un plazo de 180 días para cerrar la quinta. No obstante, “la municipalidad, en cabeza de Muñiz Saavedra, y la empresa Hormigomax, de los hermanos Werefkin, no tuvieron mejor idea que arrojar residuos cloacales en ese lugar señalado con un amparo que ordena cerrarlo y mudarlo por afectación de la salud pública donde vivían 6000 familias alrededor”, remarcó para luego enfatizar que lejos de cerrar la celda quina, hicieron una montaña de residuos sin tratamiento y que los residuos cloacales, están incluidos en la ley de residuos peligrosos.
“Más construido el dolo no puede estar”, subrayó aludiendo a la responsabilidad del Municipio. “Sabían que no hacían tratamiento, que era irregular. Sabe cuando se mudó esto su señoría? Cuando tuvo que venir la fiscalía. En el año 2019 lo cerramos nosotros. Vinimos por los residuos domiciliarios, no por los cloacales. Cuando quise ver la celda Cinco me enterré en la mierda. Disculpen la palabra pero esa es la expresó. Me enterré en la mierda y ahí me di cuenta de que los lodos estaban arrojados sin tratamiento. Este es el delito que vamos a probar”, recalcó.
A su turno el defensor público de Muñiz Saavedra, Ignacio Pombo, dijo que la fiscalía no va a poder demostrar que los barros son residuos peligrosos y que los barros son un subproducto de los residuos cloacales. “No son mierda como dice el fiscal”, sentenció para luego decir que la exfuncionaria dirigía un organismo de control, pero no podía tomar decisiones. “Esto no es responsabilidad de Muñiz Saavedra sino de la intendencia”, postuló.
En tanto, el defensor público Paulo Nestares, representante de los hermanos Werefkin aseguró que no contaminaron y que los barros cloacales fueron tratados en forma adecuada.