Fundación Vida Silvestre Argentina, FARN y Greenpeace presentaron una nota formal al Defensor del Pueblo de la Nación solicitando su intervención en el caso de deforestación ilegal y recategorizaciones prediales que modificaron -a simple solicitud de los propietarios- lo establecido por el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) salteño.
Según las organizaciones ambientalistas los casos de deforestación ilegal que aún persisten en la provincia se deben a los pobres controles en terreno y la falta de multas ejemplares que cumplan una función disuasiva y no se conviertan en un mero costo más de la actividad productiva.
Mientras que las recategorizaciones prediales constituyen una flagrante vulneración al artículo 41 de la Constitución Nacional y a la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección de los Bosques Nativos, ya que modifican la zonificación establecida por el OTBN de Salta y permiten desmontes en bosques que habían sido clasificados en las Categorías I (rojo) y II (amarillo), es decir, conservación y uso sustentable.
La Ley de Bosques es clara en cuanto a que los cambios a realizarse en el OTBN no deben implicar una disminución de las categorías de conservación, y por ende, de la superficie boscosa, logrando sea perdurable en el tiempo.
En este sentido, las recategorizaciones prediales en Salta, al implicar un retroceso en los niveles de protección alcanzados con anterioridad, colisionan contra principios fundamentales del Derecho Ambiental como el precautorio, el de gradualidad, el de progresividad y el de no regresión.