Provincia de Buenos Aires aprobó la ley “pirotecnia cero”, más luces, menos ruido

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En la misma sesión en la que se aprobó el Presupuesto 2023 y la Ley Impositiva, la Cámara de Diputados provincial convirtió en ley la Pirotecnia Cero. El proyecto prohíbe la venta de pirotecnia sonora en todo el territorio provincial, algo que ya se implementa en algunos municipios, pero que no tenía una regulación en la provincia.

El proyecto del senador mandato cumplido Juan Fiorini, que prohíbe la venta de pirotecnia sonora, si bien es algo que ya se implementa en algunos municipios, entre ellos Mercedes, no tenía una regulación en la provincia.

Tras años de reclamos y pedidos, la iniciativa, que unifica además un proyecto del actual legislador, Eduardo Bucca, y que había sido aprobada en el mes de septiembre en el Senado, obtuvo el consenso de todos los legisladores presentes y fue aprobada por unanimidad.

Más luces menos ruido

La ley prohíbe a partir de su reglamentación “la comercialización de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires” para “proteger la salud y el bienestar de la población y el ambiente de los efectos audibles, fumígenos, químicos y/o físicos”.

Para su tratamiento se realizaron varias jornadas de debate en la que participaron familiares de niños con TEA, especialistas en discapacidad, activistas por los derechos de los animales, excombatientes, representantes de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) e integrantes del Sindicato Único de Empleados de la Industria de la Pirotecnia y Afines (SUEIPA).

La nueva norma también regula el uso de pirotecnia en los actos oficiales prohibiendo “la adquisición y uso por parte del sector público provincial, de todo artificio pirotécnico o de cohetería, sea de bajo o alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice”.

La ley además, establece multas de entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad de la Policía bonaerense para las personas físicas y clausuras de entre cinco a diez días a los comerciantes que la infrinjan.

 

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