Los niƱos tienen derecho a un ambiente limpio y los Estados el deber de garantizarlo

MƔs leƭdas

El ComitĆ© de los Derechos del NiƱo de las Naciones Unidas ha publicado este lunes una guĆ­a sobre los derechos del niƱo a un ambiente limpio, con especial atenciĆ³n al cambio climĆ”tico.

Las recomendaciones especifican las medidas legislativas y administrativas que los Estados deben aplicar de forma urgente para hacer frente a los efectos adversos de la degradaciĆ³n del medioambiente y el cambio climĆ”tico, garantizar un mundo limpio, saludable y sostenible y preservarlo para las generaciones futuras.

La adopciĆ³n de la guĆ­a, conocida formalmente como ObservaciĆ³n General nĀŗ 26, tiene lugar tras dos rondas de consultas con los paĆ­ses, las instituciones nacionales de derechos humanos, las organizaciones internacionales, la sociedad civil, los expertos en el Ć”mbito y los niƱos.

El ComitĆ© seƱalĆ³ que recibiĆ³ 16.331 contribuciones de menores de 121 paĆ­ses, quienes compartieron e informaron sobre los efectos negativos de la degradaciĆ³n ambiental en sus vidas y comunidades, y afirmaron su derecho a vivir en un ambiente limpio.

“Los niƱos son arquitectos, lĆ­deres, pensadores y agentes de cambio del mundo actual. Nuestras voces importan y merecen ser escuchadas”, dijo Kartik, de 17 aƱos, un activista por el clima y los derechos de la infancia de la India y uno de los niƱos asesores del ComitĆ©.

“La ObservaciĆ³n General nĀŗ 26 es el instrumento que nos ayudarĆ” a comprender y ejercer nuestros derechos ante las crisis medioambientales y climĆ”ticas”, aƱadiĆ³.

Importancia jurĆ­dica

“Esta ObservaciĆ³n General tiene una gran importancia jurĆ­dica y de largo alcance”, declarĆ³ la presidenta del ComitĆ©, subrayando que “detalla las obligaciones de los Estados en virtud de la ConvenciĆ³n sobre los Derechos del NiƱo para hacer frente a los daƱos ambientales y garantizar que los niƱos puedan ejercer sus derechosā€.

Ann Skelton especificĆ³ que ā€œesto abarca sus derechos a la informaciĆ³n, la participaciĆ³n y el acceso a la justicia para garantizar que estarĆ”n protegidos de los daƱos causados por la degradaciĆ³n del medio ambiente y el cambio climĆ”tico y recibirĆ”n reparaciĆ³n”.

El documento aclara cĆ³mo se aplican los derechos del niƱo a un ambiente limpio y subraya que tienen derecho a un entorno limpio, sano y sostenible. Este derecho estĆ” implĆ­cito en la ConvenciĆ³n y directamente vinculado, en particular, a los derechos a la vida, la supervivencia y el desarrollo, al mĆ”s alto nivel posible de salud, a un nivel de vida adecuado y a la educaciĆ³n.

Afirma ademĆ”s que los Estados deben proteger a los niƱos contra los daƱos ambientales derivados de las actividades comerciales y que las autoridades estĆ”n obligadas a proporcionar marcos legislativos, para garantizar que las empresas respetan los derechos del niƱo y exigirles que actĆŗen con diligencia en relaciĆ³n con el medioambiente y reduzcan sus emisiones.

Acceso a la justicia

El ComitĆ© observa que, en muchos paĆ­ses, los niƱos tropiezan con obstĆ”culos para obtener capacidad jurĆ­dica debido a su condiciĆ³n, lo que limita sus medios para hacer valer sus derechos en relaciĆ³n con el medioambiente.

Por lo tanto, los Estados deben proporcionar vƭas para que los niƱos accedan a la justicia por violaciones de sus derechos relacionados con daƱos ambientales, incluso mediante mecanismos de denuncia adaptados a los niƱos, que tengan en cuenta las cuestiones de gƩnero y que incluyan a las personas con discapacidad. AdemƔs, debe haber mecanismos disponibles para las reclamaciones por daƱos inminentes o previsibles y por violaciones pasadas o presentes.

Subvenciones a los paĆ­ses en desarrollo

La orientaciĆ³n tambiĆ©n hace hincapiĆ© en la necesidad urgente de que los Estados desarrollados aborden el actual dĆ©ficit de financiaciĆ³n para el clima, incluso mediante subvenciones en lugar de prĆ©stamos a los paĆ­ses en desarrollo.

SegĆŗn los autores, la financiaciĆ³n climĆ”tica estĆ” excesivamente sesgada hacia la mitigaciĆ³n a costa de la adaptaciĆ³n y las medidas de pĆ©rdidas y daƱos, lo que tiene efectos discriminatorios sobre los niƱos que viven en zonas donde se necesitan mĆ”s medidas de adaptaciĆ³n.

En este contexto, el ComitĆ© instĆ³ a los Estados a tomar medidas colectivas inmediatas para hacer frente a los daƱos medioambientales y al cambio climĆ”tico.

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