La Justicia de Mercedes hizo lugar a una medida cautelar solicitada por una vecina por fumigaciones con agrotóxicos en Chivilcoy.
De acuerdo con la denuncia, las realizó el grupo Los Grobo, sobre las vías de circulación pública y predio ubicado en la planta urbana de esa localidad bonaerense.
Uno de los principales problemas sobre esto en la ciudad es que el uso de agrotóxicos no está regulado por ninguna normativa.
Un amparo contra la fumigación con agrotóxicos: qué sucedió
De acuerdo con la denuncia hecha por la vecina, el hecho ocurrió el 17 de diciembre al mediodía. Aseguran que la compañía, que pertenece a la familia del reconocido empresario sojero Gustavo Grobocopatel, dispuso que empleados de la compañía fumigaran con agrotóxicos, de modo manual.
Además, tampoco utilizaban protección, en pleno centro urbano. En esa zona se ubica uno de los establecimientos de la empresa.
La denunciante, Jacqueline Ramos, se movilizó con el patrocinio jurídico de Naturaleza de Derechos, e interpuso una acción de amparo ambiental. Esta requería también de una medida cautelar que ordenara de inmediato al grupo Los Grobo abstenerse de volver a fumigar en su predio y en la vía pública.
La respuesta de la Justicia
La Justicia de Mercedes dio curso al amparo. El fallo lo emitió el juez Laserna, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo de la ciudad.
Cabe destacar que en el caso concreto de Chivilcoy, el uso de agrotóxicos de modo terrestre o manual no está regulado por ordenanza municipal. A nivel provincial, el Decreto Reglamentario 499/91 determina que las fumigaciones aéreas de agrotóxicos no pueden hacerse en el centro poblado y en un radio de 2 kilómetros.
“La aplicación del principio precautorio establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”, sostuvo el juez.
Debe considerarse que aun cuando la aplicación no sea terrestre y a gran escala, representa un riesgo de daño de contaminación ambiental. Es que todo lo que se fumiga puede filtrarse hacia las aguas subterráneas, fuente de agua de consumo de la población.
En el fallo también se hizo referencia a la “protección del derecho constitucional” que hay en juego. “Lleva a examinar con amplitud de criterio los presupuestos requeridos para el dictado de las medidas cautelares, en tanto corresponde asegurar una protección provisional rápida y eficaz“, expresó.
“Tendiente a satisfacer necesidades impostergables y evitar proyecciones dañosas debido al transcurrir del tiempo que insuma el proceso principal”
El fallo completo
Resuelvo la suspensión -con carácter precautelar- de la fumigación con cualquier clase de agrotóxicos en la empresa GRUPO LOS GROBO con domicilio en la calle Av. Mitre y El Grito Alcorta de la Ciudad de Chivilcoy, Provincia de Buenos hasta tanto el demandado remita toda la documentación relacionada con la aplicación de agrotóxicos efectuadas el día 17 de Diciembre de 2024 -en formato electrónico-, especialmente deberá acompañar a estos autos: el permiso o licencia municipal y/o provincial para el uso y aplicación de agrotóxicos en áreas urbanas; las copias de las recetas agronómicas utilizadas en la aplicación; las actas de trabajo que detallen las actividades de fumigación realizadas, incluyendo fechas, horarios, tipos de productos utilizados y volúmenes aplicados; los protocolos de seguridad y manejo de agrotóxicos que la empresa sigue durante sus operaciones; informes o estudios de impacto ambiental realizados por la empresa antes y después de la aplicación de agrotóxicos en la zona”.
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