San Luis: Ordenan retiro de maquinaria de fumigación próxima a una escuela en la localidad de Fortuna

Un operativo del equipo técnico de Monitoreo y Fiscalización Ambiental verificó la presencia de maquinaria de fumigación agrícola en cercanías de la Escuela N.º 149 “Manuel Láinez”, en la localidad de Fortuna en San Luis, constatando una infracción a la normativa vigente sobre aplicación de agroquímicos.

La actuación se inició tras una denuncia anónima ingresada a través del formulario digital del portal oficial de Ambiente, lo que motivó la rápida intervención de inspectores en el sector sur de la provincia. Al llegar, los agentes identificaron maquinaria de fumigación estacionada en un domicilio particular, a escasos metros del establecimiento educativo público.

Al requerir la documentación legal correspondiente, tanto para la habilitación de la maquinaria como para la acreditación del operario como aplicador de productos fitosanitarios, el responsable reconoció no estar registrado ante la Secretaría de Ambiente, lo que constituye una falta directa a la legislación provincial.

Frente a esta situación, se dispuso el retiro inmediato del equipo, conforme lo establece el Decreto Provincial N.º 1962, el cual prohíbe el tránsito y permanencia de este tipo de maquinarias en áreas urbanas, excepto en situaciones excepcionales con permiso expreso del municipio o ante ausencia de rutas alternativas.

“El uso de fumigadoras en zonas residenciales, sin control técnico ni protocolos de buenas prácticas, representa una amenaza ambiental y sanitaria, especialmente cerca de instituciones escolares”, advirtió Alex Simioli, referente del Área de Fiscalización Ambiental. Remarcó además que los productos fitosanitarios pueden ser altamente tóxicos, por lo que nunca deben almacenarse ni utilizarse cerca de espacios educativos.

Legislación vigente y canales de denuncia para la ciudadanía por el uso de agroquímicos 

En la provincia de San Luis, el uso de agrotóxicos y plaguicidas está regulado por la Ley IX-0320-2004, que establece criterios para la fabricación, transporte, comercialización, almacenamiento y aplicación de estos productos. Asimismo, la Ley IX-0958-2016 determina distancias mínimas para la pulverización con glifosato y otros herbicidas, tanto en zonas rurales como urbanas.

La Secretaría de Ambiente recuerda que cualquier persona puede reportar irregularidades de forma anónima y segura, mediante el sistema digital de denuncias ambientales disponible en su sitio web oficial.

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