La Justicia de Chaco declara al río Negro sujeto de derechos y ordena clausurar un basural a cielo abierto en La Verde

En la provincia de Chaco, la Justicia dictó una sentencia que marca un precedente en materia de protección ambiental. El juez del Juzgado Civil y Comercial Nº 21, Julián Flores, ordenó la clausura de un basural a cielo abierto del municipio de La Verde y declaró al río Negro como un sistema vivo con derechos propios. Entre ellos el de existir, no ser contaminado y ser restaurado frente a los daños sufridos.

La resolución trasciende el análisis técnico de un vertedero y plantea un cambio de paradigma: el río no debe ser considerado un objeto pasivo de administración, sino un organismo portador de funciones ecológicas esenciales.

La causa y las pruebas

El caso se originó a partir de una acción de amparo presentada por Antonio Sotelo, productor ganadero vecino al predio denominado “Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos”. Lo que debía funcionar como planta de tratamiento operaba, según constató la inspección ocular, como un basural a cielo abierto sin controles.

Entre las pruebas se mencionaron bolsas plásticas ingeridas por el ganado que provocaron muertes, lixiviados filtrándose hacia las napas y la cercanía alarmante —apenas 500 metros— con el cauce del río Negro. El peritaje de la Administración Provincial del Agua (APA) calificó la ubicación del predio como “totalmente ilegal”.

basural a cielo abierto
La resolución judicial en Chaco establece un precedente sobre los basurales a cielo abierto y los derechos del río Negro.

Riesgos para la salud y el ambiente

El juez Flores subrayó que la degradación progresiva del río mediante vertidos contaminantes, manejo inadecuado de residuos y ausencia de planificación ambiental afecta tanto a los habitantes actuales de la cuenca como al patrimonio natural de las generaciones futuras.

La sentencia advierte sobre riesgos concretos: contaminación del suelo y del agua, posible presencia de metales pesados filtrándose hacia zonas productivas y un impacto potencial en la salud pública si esas sustancias alcanzan los alimentos consumidos por la población.

En su fallo, el magistrado detalló que el vertedero se encuentra a solo 147 metros del cementerio municipal y junto al establecimiento ganadero del demandante, lo que agrava las consecuencias ambientales y sanitarias.

También describió problemas visibles como la dispersión de bolsas plásticas y residuos livianos arrastrados por el viento, que terminan en los campos y son ingeridos por el ganado, causando graves trastornos digestivos e incluso la muerte.

El río como sujeto de derechos

Al declarar al río Negro sujeto de derechos, la sentencia impone al Estado chaqueño —en todos sus niveles— el rol de garante y custodio. No se trata de un gesto simbólico, sino de una posición frente a un modelo de desarrollo que el juez considera incompatible con la dignidad humana y la preservación de la vida.

Flores pidió además que el municipio de La Verde, junto con comunas vecinas y del Gran Resistencia, creen un órgano protector del río Negro.

El fallo expone la problemática del manejo inadecuado de residuos y la tenencia irresponsable de basurales en proximidad a cursos de agua. Al mismo tiempo, inaugura una visión jurídica que reconoce a los ríos como sistemas vivos con derechos propios, reforzando la necesidad de políticas públicas de conservación y gestión ambiental.

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